Régimen A
El Estado aporta un 15% de lo que ahorras, con un tope de 6 UTM anuales.
Régimen A
Lo ahorrado se rebaja de la base imponible, disminuyendo el total de impuestos a pagar.
El APV complementa el ahorro obligatorio y es muy importante para que las pensiones puedan reflejar los últimos sueldos del trabajador. El ahorro obligatorio solo nos llevará a una pensión que será pequeño porcentaje del último sueldo y puede ser aún menor si la persona tiene lagunas o una renta superior al tope imponible. Para anticiparnos a esto, APV permite realizar aportes adicionales al 10% obligatorio, los cuales son recompensados con beneficios tributarios.
No existe un monto mínimo para realizar APV y el tope es de UF 50 al mes (mediante descuento por empleador) o UF 600 al año (mediante depósito directo).
Si, se puede retirar libremente el APV, pero eso conllevará a que el trabajador tendrá que pagar su tramo impositivo más una sobretasa que va del 3 al 7%. En el caso de los sueldos más altos el costo total puede llegar a 42%, por lo que es importante realizar un buen análisis de las alternativas adicionales antes de retirar el APV.
Los trabajadores dependientes y los independientes que estén cotizando en una AFP.
Las instituciones que pueden ofrecer planes de APV son: AFPs, Corredoras de Bolsa, Corredoras de Seguros, Administradoras Generales de Fondos Mutuos.
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.